Hasta 7 años de cárcel a quienes bloqueen carreteras o casetas

La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) informa que se emitió un Decreto del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos que reforma uno de los articulados de la Ley de Vías Generales de Comunicación (LVGC), que sanciona a quienes dañen, perjudiquen o destruyan dichas vías o los medios de transporte, o que para obtener un lucro, realicen bloqueos de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje.

Rubricado por el presidente de la República Andrés Manuel López Obrador, el decreto modifica el primer párrafo del artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación (LVGC), que establece:

…A quienes dañen, perjudiquen o destruyan las vías generales de comunicación, o los medios de transporte, o interrumpan la construcción de dichas vías, o para obtener un lucro, realicen bloqueos o que interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje, o total o parcialmente interrumpan o realicen bloqueos, además de que deterioren los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación o los medios de transporte, se impondrá sanción de 3 meses a 7 años de cárcel y multa de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización…” detalló la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).

La reforma de hasta 7 años de cárcel a quienes realicen bloqueos fue publicada este martes 22 de febrero de 2022 en el Diario Oficial de la Federación , la cual entrará en vigor a partir de mañana 23 de febrero de 2022.